Terminología equivalente en la Victimología y en Derecho Penal

Víctima y sujeto pasivo: Un aspecto importante, es el que alude a la diferencia que en la terminología utiliza el Derecho Penal y la Victimología cuando se refiere a la víctima.  En ese orden de ideas, El Derecho Penal, estudia al sujeto pasivo del delito mientras que la Victimología, estudia a la víctima, término que incluye al sujeto pasivo, por ser el término víctima mucho más amplio que el de sujeto pasivo.

Víctima, ofendido y perjudicado: La noción de lo que debemos entender por víctima y a quiénes afecta la comisión de un delito, que como observamos es amplia y abarcadora de una serie de personas que como bien se ha indicado, da margen a que existan una serie de categorías que permiten tomarlas en cuenta al momento de determinar las personas que deben ser incluidas en un concepto como el que nos ocupa, y más concretamente, aquellas que nuestra legislación reconoce como víctimas. La víctima directa o perjudicado, no necesariamente tiene que tener una relación estrecha con la persona o personas que resultan afectadas por un delito. A este tipo de víctima se le conoce como mediata o por extensión a la victimización.

La Víctima y la imposición de la pena: Resulta indispensable dejar sentado que “las características de la víctima, así como sus relaciones con el victimario, en cada caso son determinantes, a efectos de imponer la pena correspondiente a quien cometa el ilícito, porque no se tiene en cuenta solamente el acto perpetrado por el victimario sino también la participación que haya podido tener la víctima en el mismo.

  • Edad: en cuanto a la importancia de la edad de la víctima para que se configure el delito, la misma viene dada en función de delitos como el de corrupción de menores de edad, debiendo agregar que esta característica o elemento es fundamental en los casos de violación, tratándose de relaciones sexuales mantenidas con un o una menor de edad.
  • El sexo: Esta es una variable que también resulta de suma importancia, tratándose de delitos como el aborto sin el consentimiento de la mujer.
  • El vínculo de parentesco: Este factor es tomado en cuenta como agravante de la pena, tratándose de delitos como el de violación.
  • La condición bio-psíquica de la víctima: Esta situación en particular toma en cuenta la incapacidad física o mental de la víctima, ya que la coloca en una situación de vulnerabilidad que facilita su victimización. 



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