La Doctrina del Derecho Penal y la victimología
La victimología, criminología y la sociología criminal han puesto de
manifiesto que la víctima del delito ha sido la gran olvidada en el derecho y
en el proceso penal moderno. Por esto en el derecho penal la víctima, como categoría dogmática, es el sujeto
pasivo y el titular del bien jurídico protegido.El perjudicado es aquel sujeto que se ve directamente afectado por el delito, pero no es titular del bien jurídico lesionado o puesto en peligro. Aunque un sector de la doctrina defiende la identificación de la víctima con el perjudicado y, por tanto, considera que está siempre presente el sujeto pasivo, bien sea un individuo o un colectivo, en cambio hay quienes mantienen que existen los denominados “delitos sin víctimas” o con “víctimas difusas” cuando se trata de delitos de peligro abstracto o el bien jurídico es colectivo.
Como se ha visualizado en la victimodogmática toma como punto de partida el hecho de que algunas víctimas contribuyen dolosa o culposamente a la propia victimización, lo que puede influir en la responsabilidad criminal del agresor, incluso hasta desterrarla. El mecanismo habitual para determinar si estamos ante un caso que requiere la imposición de una pena es que debemos investigar el hecho delictivo y a su autor, sin embargo, la victimodogmática completa este análisis incluyendo el papel desempeñado por la víctima.
Las propuestas doctrinales que pretenden el apoyo o auxilio de la víctima
de un hecho punible, o el rescate de sus derechos y deberes en el ámbito
del sistema penal, no siempre están encaminadas en la misma dirección. Por
una parte, se ha concretado en una serie de medidas adoptadas en el Código
penal, en el proceso penal y en una serie de leyes especiales. Por la otra, no
conviene olvidar que, desde hace tiempo se viene hablando de la victimodogmática,
la cual se dedica a analizar las incidencias de la victimología en el
ámbito de la teoría del delito y en los tipos penales.
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